Las leyes de informática, al igual que otras tantas, lo que pretenden es crear una norma que nos proteja a la hora de dar uso de las redes sociales y cualquier otro ámbito de la informática.
El delito informático implica actividades criminales que se han tratado de encuadrar a nivel internacional dentro de figuras de delitos tradicionales. Ya en el código penal se recogen delitos como robos, hurtos, fraude, falsificaciones, prejuicios, estafas, sabotajes. Sin embargo, es importante destacar que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevos tipos de usos indebidos.
La informática reúne características que la convierten en el medio idóneo para cometer delitos. Las leyes de la informática persiguen acercarse loa más posible a los distintos medios de protección ya existentes, pero creando una nueva regulación basada en el objetivo de proteger la información.
Tenemos que tener en cuenta que lo que más persiguen los delincuentes en la red es obtener datos, que luego serán utilizados de forma fraudulenta.
¿Qué normas regulan la ciberseguridad en España?
En España tenemos un Código de Derecho de la Ciberseguridad. Publicado en el Boletín Oficial del Estado, que cita las principales normas a tener en cuenta con relación a la protección del ciberespacio y el velar por la mencionada ciberseguridad.
En este código se hace referencia a las siguientes leyes, entre otras:
- Normativas de seguridad nacional:
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- Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, que regula los principios y organismos clave. Así como las funciones que deberán desempeñar para la defensa de la Seguridad Nacional.
- Orden TIN/3016/2011, de 28 de Octubre, por la que se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
- Normativas de seguridad:
- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
- Con relación a incidentes de seguridad, existe todo un entramado relacionado con las Fuerzas Armadas pero también se dispone de una inclusión parcial en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios a la sociedad de la información y comercio electrónico.
- Relacionadas con las telecomunicaciones, existen las siguientes normas:
- Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios a la sociedad de la información y comercio electrónico (antes citada).
- Real Decreto 381/2015, de 14 de mayo, por el que se establecen medidas contra el tráfico no permitido o irregular con fines fraudulentos en comunicaciones electrónicas.
- Ley 50/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
- La Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
- Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.
- Relacionado con la ciberdelincuencia, encontramos inclusiones parciales en el Código Penal, la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores; o en el Real Decreto de aprobación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- También es de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos, desarrollada por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.